Viajar al extranjero durante el procedimiento
Durante el procedimiento de asilo usted no podrá viajar al extranjero. Si le han otorgado el estatuto de refugiado, podrá volver a viajar, pero no a su país de origen.
No está autorizado a viajar durante el procedimiento de asilo.
En su calidad de solicitante de protección internacional ( solicitante de asilo ) no podrá abandonar el territorio belga durante su procedimiento, ya que no tiene un permiso de residencia. Su certificado de registro no le permite viajar dentro de Europa.
Lo que sí puede hacer en cualquier momento es detener el procedimiento de asilo y retornar a su país de origen. Fedasil le ayuda a organizar el retorno y paga su vuelo.
Viajar como refugiado reconocido
En el caso de que haya sido reconocido como refugiado o le hayan otorgado protección subsidiaria, podrá volver a viajar al extranjero.
¿Qué documentos necesita para viajar?
- una tarjeta electrónica para extranjeros válida
- un documento para refugiados (pasaporte azul).
Solicitar un pasaporte azul
Puede solicitar un pasaporte en el municipio o en la ciudad donde está inscrito.
Para solicitar su pasaporte necesita los documentos siguientes:
- su tarjeta electrónica para extranjeros
- una foto de carné que cumple con los requisitos para fotografías destinadas a pasaportes
- un certificado de composición familiar (a solicitar en el municipio)
¿Quiere retornar a su país de origen?
Acuda a las ventanillas de «retorno» de Fedasil
O llame al número gratuito 0800 32 745