Trabajo remunerado y contribución para la acogida
¿Usted ha encontrado un empleo pagado? ¡Felicidades! Es posible que tenga que contribuir para su alojamiento en el centro de acogida. Háblelo con su asistente social.
Usted tiene un trabajo y vive en un centro de acogida o una iniciativa local de acogida (OCMW/CPAS)
- . Si trabaja, usted tiene la obligación de informar a su asistente social sobre su contrato de trabajo, sus horas de trabajo y su recibo de pago.
- Si usted gana más de 265 euros al mes, debe contribuir para alojarse en el centro de acogida mediante un pago. Esto está establecido en la ley belga.
¿Qué cantidad de su salario debe contribuir?
- Fedasil verifica cada tres meses si usted ha trabajado. Si usted no realiza la declaración por su cuenta, tendrá que pagar el 50 % de su salario bruto después de la verificación.
- Si usted hace la declaración cada mes y dice cuánto ganó, pagará mucho menos. ¿Desea saber cuánto debe contribuir? Haga el cálculo con el simulador.
- Si usted no desea pagar, Fedasil le solicitará que abandone el centro de acogida.
¿Cómo se declara el trabajo remunerado?
Usted realiza la declaración en el mes siguiente al mes en que trabajó. Por ejemplo, en julio declarará el trabajo de junio.
La primera vez, debe registrarse con sus datos personales: nombre, fecha de nacimiento, dirección de correo electrónico y número nacional (11 dígitos)
Después del registro, completará el formulario de declaración mensual con su salario neto y salario bruto del mes anterior.
Después de la declaración, usted recibirá un correo electrónico con una invitación de pago de Fedasil.
Si usted trabaja y quiere dejar el centro de acogida/iniciativa de alojamiento local
- . También puede decidir salir por su cuenta del centro de acogida y encontrar su propio alojamiento. Si usted trabaja, no tendrá que entregar su salario a Fedasil. Comente su situación con su asistente social.
- Cuando gana suficiente dinero y tiene un contrato de empleo estable, puede dejar de forma permanente el centro de acogida. Fedasil necesita terminar su código 207 con este propósito. Si es necesario, puede ir al OCMW/CPAS y solicitar asistencia financiera. Comente su situación con su asistente social.
- ¿Usted se muda a una dirección privada? Notifique a los servicios de asilo de su nueva dirección utilizando el formulario de «cambio de dirección».