Otro país europeo tendrá que tratar mi solicitud

El Servicio de Extranjería comprueba si es Bélgica u otro país que se encargará de su solicitud de protección internacional. Esto se define en el llamado «reglamento de Dublín».

Cuando Usted solicita protección internacional en Bélgica, el Servicio de extranjería comprueba si Bélgica es responsable de tratar su solicitud de protección internacional.

Si según las reglas europeas (el reglamento de Dublín) otro país europeo es competente para su expediente, Usted será reenviado a este país para que trate su solicitud.

¿Qué país debe tratar mi solicitud?

  • Se da la prioridad a un país donde Usted tiene un miembro de su familia que ya ha sido reconocido como refugiado o que ya tiene un procedimiento en curso.
  • Si no tiene un miembro de la familia que esté en esta situación, el país responsable es el país para el cual Usted tiene un título de residencia o un visado.
  • Si no tiene visado ni título de residencia (por lo tanto, Usted entró de forma ilegal al territorio europeo), el país responsable es el país por donde Usted entró a Europa.

¿Qué ocurre si otro país europeo es responsable de mi solicitud?

El Servicio de extranjería le pide a este país que se ocupe de Usted. Si este país está de acuerdo, el Servicio de extranjería organiza el viaje a este país.

¿En qué caso Bélgica será competente para tratar mi solicitud?

  • Si ningún criterio de la ley europea (Dublín) es aplicable a su situación.
  • Si el país europeo responsable se niega a ocuparse de Usted.
  • Si otro país europeo es responsable y acepta ocuparse de su solicitud pero su transferencia no ha tenido lugar en los 6 meses después de su aceptación, entonces Bélgica será automáticamente responsable de su solicitud.

Si el Servicio de extranjería considera que Usted se dio a «la fuga» (es decir, Usted no se encuentra en la dirección que dio y no se le puede localizar) o si Usted está en prisión, este plazo se prorroga.

Si Usted es un menor no acompañado, las reglas son distintas.